Una casa de madera al lado de un mazo.
Este año entrarán en vigor varias nuevas leyes de vivienda. Imagen cortesía de la Asociación de Agentes Inmobiliarios del Condado de Santa Clara.

Con el nuevo año llega un nuevo conjunto de leyes en el ámbito de la vivienda que todos debemos conocer como inquilinos, proveedores de vivienda o propietarios.

Varias leyes nuevas afectan tanto a los inquilinos como a los proveedores de vivienda. Proyecto de Ley 12 prohíbe a los proveedores de vivienda cobrar un depósito de seguridad que supere el alquiler de un mes. Al momento de la mudanza, un proveedor de vivienda puede cobrar el primer mes de alquiler, así como un depósito de seguridad que no excede el alquiler de un mes. Sin embargo, existe una excepción para los proveedores de viviendas más pequeños que poseen no más de dos propiedades residenciales, con un total de no más de cuatro unidades combinadas. AB 12 está codificado como Código Civil 1950.5 y entra en vigor el 1 de julio.

Proyecto de Ley 1620 permite que una jurisdicción con control de alquileres local exija que un proveedor de vivienda ponga a disposición de un inquilino con discapacidad física permanente una unidad más accesible al mismo precio de alquiler. Está codificado como Código Civil 1954.52 y entró en vigor el 1 de enero. Proyecto de Ley 1418 prohibiría a las ciudades y condados promulgar políticas locales como “zonas de vivienda libres de delitos”, que disuaden a los proveedores de viviendas locales de alquilar a inquilinos con antecedentes penales. El proyecto de ley está codificado como Código de Gobierno 53165.1 y entró en vigor el 1 de enero.

Los propietarios de viviendas también deben tener en cuenta algunas leyes nuevas. Proyecto de Ley 1033 autoriza a las agencias locales mediante ordenanza o aprobación ministerial a permitir que las unidades de vivienda accesorias (ADU) se vendan por separado de la unidad/casa principal como un condominio. AB 1033 está codificado como Códigos de Gobierno 75852.2 y 75852.25. Entró en vigor el 1 de enero.

Los propietarios que deseen vender su propiedad en una zona con riesgo de incendio deben tener en cuenta Proyecto de Ley 1280, que amplía la divulgación requerida por la declaración de Divulgación de peligros naturales para incluir nuevas categorías de zonas de gravedad de riesgo de incendio "alta" y "muy alta". Está codificado como Código Civil 1103.2 y entró en vigor el 1 de enero.

Los vendedores de viviendas recientemente compradas también deben ser conscientes de Proyecto de Ley 968 que, en parte, exige que los propietarios que revendan sus propiedades de una a cuatro unidades dentro de los 18 meses revelen todas las reparaciones y renovaciones recientes de la propiedad, además de todas las demás divulgaciones existentes. AB 968 se promulga como Código Civil de California 1102.6 a partir del 1 de julio.

La última ley que quiero informarles tiene que ver con las inspecciones de balcones. Si bien no es necesario completar las inspecciones de los balcones hasta el 1 de enero de 2025, este requisito está teniendo un efecto profundo en el mercado y ya afecta la capacidad de los compradores de obtener financiamiento y seguro al comprar un condominio.

Los requisitos de inspección de balcones surgen de dos leyes diferentes: SB 721, que se aprobó en 2018 y solo se aplica a edificios de apartamentos, y SB 326, que se aprobó un año después y se aplica a las asociaciones de condominios. Los balcones, pasillos elevados y escaleras construidos o sostenidos con madera están cubiertos por este requisito y deben ser inspeccionados antes del 1 de enero de 2025.

El columnista de San José Spotlight, Neil Collins, es director ejecutivo de la Asociación de Agentes Inmobiliarios del Condado de Santa Clara, una asociación comercial que representa a más de 6,000 profesionales de bienes raíces en el condado de Santa Clara y sus alrededores. Póngase en contacto con Neil en [email protected] o siga a @neilvcollins en X, anteriormente conocido como Twitter.

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